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Embargo para pagar la indemnización a Patrizia Hess

Parte del auto en que se ordena ejecución por casi 27.000 euros. / CANARIAS3PUNTOCERO

La fallida gestión de la crisis orgánica que ha afectado a la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Tenerife (Rseapt), con sede en La Laguna y hoy dirigida por Jorge Domínguez (era la persona de confianza de Andrés de Souza, el responsable anterior), a cuenta del despido improcedente de su exsubdirectora de Gestión y Formación, Patrizia Hess, ha salido extraordinariamente cara a esta bicentenaria institución privada, en especial por dos razones: la económica, con casi 27.000 euros que ha tenido que pagar (no de forma voluntaria y tras la notificación de la sentencia firme, sino a través de un auto de embargo formulado por el propio juzgado contra la Rseapt), y la de imagen, con un deterioro profundo de valor institucional de esta organización debido al modo en que su director ha llevado el llamado caso Hess.

La Real Sociedad Económica de Amigos del País de Tenerife, que dirige Jorge Enrique Domínguez, sufre el embargo de la Justicia para poder abonar la indemnización por el despido improcedente de su exsubdirectora de Gestión y Formación

Jorge Domínguez, Antonio Castro y Andrés de Souza, en la Cámara regional. / PARLAMENTO DE CANARIAS

Jorge Domínguez, Antonio Castro y Andrés de Souza, en la Cámara regional. / PARLAMENTO DE CANARIAS

La fallida gestión de la crisis orgánica que ha afectado a la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Tenerife (Rseapt), con sede en La Laguna y hoy dirigida por Jorge Domínguez (era la persona de confianza de Andrés de Souza, el responsable anterior), a cuenta del despido improcedente de su exsubdirectora de Gestión y Formación, Patrizia Hess, ha salido extraordinariamente cara a esta bicentenaria institución privada, en especial por dos razones: la económica, con casi 27.000 euros que ha tenido que pagar (no de forma voluntaria y tras la notificación de la sentencia firme, sino a través de un auto de embargo formulado por el propio juzgado contra la Rseapt), y la de imagen, con un deterioro profundo de valor institucional de esta organización debido al modo en que su director ha llevado el llamado caso Hess.

Al final, y pese a que el director de la Rseapt dijo en la prensa, tras difundirse el fallo judicial, que la cantidad relacionada con la indemnización por el despido improcedente de Hess estaba provisionada en los presupuestos de esa entidad y la junta directiva ya había autorizado el abono de los 22.383,90 euros de compensación, ha tenido que pedirse y formularse un auto del juzgado para que Hess pudiera cobrar tal cantidad, a la que se sumó una partida en concepto de intereses provisionales de 2.238,39 euros e igual cifra por pago de las costas, con lo que todo el proceso judicial va a suponer para la debilitada institución casi 27.000 euros.

Tal y como han asegurado fuentes vinculadas a la exempleada, la indemnización de Hess ya ha sido percibida, pero ésta no se abonó de manera voluntaria, sino que la cantidad contemplada por el juzgado ha llegado a su cuenta bancaria gracias al embargo practicado por la misma Justicia.

Este hecho, según indicaron las mismas fuentes, refleja a las claras la forma que tiene de hacer las cosas el director de la Rseapt, institución que no recurrió el fallo del Juzgado de lo Social Nº 7 de Santa Cruz de Tenerife, pese a haber podido hacerlo (esto lo convirtió en firme), que luego dijo a través de su portavoz y director que estaba todo controlado para asumir el coste del despido y que más tarde ha tenido que ser a través de la fórmula del embargo cómo la exsubdirectora cobró la parte que le correspondía según dictaba la conocida sentencia.

Parte del auto en que se ordena ejecución por casi 27.000 euros. / CANARIAS3PUNTOCERO

Parte del auto en que se ordena ejecución por casi 27.000 euros. / CANARIAS3PUNTOCERO

Una historia muy larga

La sentencia que da la razón a Hess en su despido de la Rseapt, que se produjo el 24 de abril de 2013, data de 25 de junio de 2014 (notificada el día siguiente), más de un año después de presentada la demanda por la hoy exsubdirectora de Gestión y Formación.

En su fallo, se declara improcedente el despido de Patrizia Hess por parte de la Rseapt y se condena a esta entidad privada que sobrevive de los apoyos públicos “a readmitirla, inmediatamente, en las mismas condiciones de trabajo que regían antes de producirse el [despido] y con el abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, el 24 de abril de 2013, hasta la fecha de notificación de esta sentencia a razón de 117,04 euros por día o, a su elección, que deberá ejercitar en el plazo de los cincos días siguientes a la notificación de esta sentencia, [que se] le abone la indemnización de 22.383,90 euros, teniéndose por extinguida la relación laboral a la fecha del despido, con la advertencia de que, de no optar expresamente por ninguna de las dos alternativas legales, se entenderá que procede la readmisión”. El mismo fallo absuelve “al Fondo de Garantía Salarial de las pretensiones de la demanda (…)”.

Domínguez, sin argumentos

A la persona que más ataca esta sentencia del Juzgado de lo Social es, sin duda, al actual director de la Sociedad Económica, Jorge Domínguez, el mismo que ejecutó el despido en público y que lo aireó en los medios de comunicación locales.

Domínguez, preguntado acerca de la reseñada sentencia por el diario La Opinión, como este periódico recoge en su edición del 22 de julio de 2014, dijo que la junta directiva de la entidad ya había aprobado abonar la indemnización y que la cantidad desembolsada ya había sido dotada. Además, Domínguez recordó que aún hay una causa penal abierta en un juzgado de instrucción de La Laguna.

Acerca de este otro proceso en curso, la sentencia laboral, según argumentan fuentes vinculadas a Hess, aporta claves que vislumbran “el archivo” de tal demanda, pues, comentan, en las páginas 12 y 13 de la sentencia notificada, la que gana Hess en lo Social, se indica que “las responsabilidades penales, en su caso, recaerían en el pasado [director, Andrés de Sousa] y el actual [Jorge Domínguez], y que la Rseapt puede verse afectada por una sanción. Por ello le da traslado la magistrada a la autoridad laboral”, enuncian las mencionadas fuentes.

¿Efecto búmeran?

La sentencia indica sobre esta misma cuestión lo siguiente: “(…) la señora Hess requirió la copia de la llave de las taquillas y las claves personales de los ordenadores no por iniciativa propia sino en cumplimiento de las órdenes y directrices del que en aquel entonces era el director de la Sociedad Económica demandada (…). (…) si bien estos hechos pudieron ser ejecutados por la trabajadora en cumplimiento de las órdenes que le fueron encomendadas, fueron adoptados por la propia Real Sociedad, sin que pudiera eludir, como pretenda la empresa demandada, su propia responsabilidad en ellos (…)”.

En el mismo texto legal se añade: “Por ello, y sin perjuicio de las responsabilidades penales que pudieran extenderse a las personas que por acción y omisión permitieron y que, sorprendentemente, ya han sido denunciadas por parte del señor Domínguez, pese a poder también éstas alcanzarlo, pues formaba parte de la junta de Gobierno (…), (…) se ha podido incurrir, pero por parte de ésta [la Sociedad Económica], en infracción laboral por dichos hechos, por lo que es obligación de esta magistrada dar traslado a la autoridad laboral competente para que, en caso de apreciar su concurrencia, proceda a imponer a la empresa la sanción que corresponda”.

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